Ramón Llanquileo (a la derecha) y Hector Llaitul (a la
izquierda) se encuentran presos en la Cárcel de Angol y desde el 14 de
noviembre iniciaron una nueva huelga de hambre que misteriosamente ha sido
silenciada por los medios de comunicación. Por lo mismo, cuando ya avanzan los
días y no se ve ninguna alusión a este caso en los medios de comunicación ni en
el mundo social, es que hemos decidido dedicarle un espacio a esta problemática
en el cuchitril, para poder
esclarecer una de las demandas principales que tienen los dos huelguistas, que
también son dirigentes de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), tachada y
perseguida por el Estado como una “organización terrorista”. La idea es comprender
que el problema es más complicado de lo que parece y que las demandas verdaderamente
son de peso, especialmente cuando hablamos de errores judiciales GRAVES que han
sido omitidos al momento de hablar de estos casos.
El problema de las ya constantes huelgas de hambre nos
lleva a analizar algo mucho más profundo, que tiene que ver con el estado de
discriminación al que se ha sometido al pueblo mapuche, incluso transgrediendo,
en los juicios, normas conocidas universalmente como es el principio de “non bis in idem”. Para conocer más de la
problemática y de los alcances del petitorio, he invitado a mi hermano, Ricardo
Gajardo, que hace años viene trabajando el análisis de las luchas mapuche, para
que nos presente una reseña respecto a las exigencias principales de los presos
políticos mapuche de la CAM, que hoy se encuentran en huelga de hambre.
PEQUEÑA RESEÑA SOBRE LAS EXIGENCIAS DE LOS PRESOS POLÍTICOS MAPUCHE, HÉCTOR LLAITUL Y
RAMÓN LLANQUILEO, EN HUELGA DE HAMBRE.
Por Ricardo Gajardo (Pepe Ludd’ito)
La denuncia principal de Héctor Llaitul Carrillanca y
Ramón Llanquileo Pilquiman, que se mantienen en huelga de hambre liquida desde
el 14 de noviembre en la cárcel de Angol, es sobre la transgresión y violación
del principio jurídico de "NON BIS
IN IDEM", una norma que dice que no se puede juzgar dos veces a una
persona por un mismo delito, que fue exactamente lo que le pasó a los peñi de
la CAM, que fueron juzgados por dos tribunales, siendo condenados a cárcel por
la justicia civil cuando ya habían sido absueltos, por los mismos hechos
(ataque a la caravana del Fiscal Elgueta), por la justicia militar. Dentro de
las irregularidades que acusan también está la aplicación de la Ley
Anti-terrorista contra ellos, la que permitió a los acusadores utilizar
"testigos secretos" como parte de las pruebas, siendo condenados, Llanquileo
y Llaitul, a 8 y 15 años de cárcel respectivamente.
El doble juicio aplicado sobre los presos políticos de la
Coordinadora Arauco Malleco, estaría fuera de los procedimientos legales, ya
que el "Non bis in idem"
(Latín: No dos veces por lo mismo) está establecido, incluso, en la
constitución de países como Estados Unidos, Argentina, Canadá, Perú, España,
Australia, República Dominicana e India. En Chile, el Art. 1 del Código
Procesal Penal, titulado "Juicio previo y única persecución",
establece en su inciso segundo que "La persona condenada, absuelta o sobreseída
definitivamente por sentencia ejecutoriada, no podrá ser sometida a un nuevo
procedimiento penal por el mismo hecho".
Es por esto que dentro de las exigencias de la huelga se
destaca como punto importante la "Reparación a la transgresión del NON BIS
IN IDEM -permitiendo la rebaja de las condenas de 8 a 4 años (Llanquileo y
Huillical) y de 15 a 11 años (Llaitul)"- que encontré necesario ahondar y
explicar sus fundamentos, porque los presos acusan que se violó este principio
jurídico, lo que los deja como personas aun mas injustamente condenadas. Este
es uno de los puntos, uno dentro del petitorio amplio, que también exige la
libertad de todos los PPM, el derecho a beneficios carcelarios en el caso de
Ramón Llanquileo y el reconocimiento de la calidad de presos políticos Mapuche
para todos, "que se traduzca en condiciones dignas, reclusión segregada,
derecho a una atención de salud oportuna y de calidad, espacios adecuados para
la práctica de nuestra cultura y religiosidad".
Petitorio completo: